El Gobierno sancionó la ley que regula lo previsto en el parágrafo 5° del artículo 361 de la Constitución Política, sobre programas y proyectos de inversión que se financiarán con recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías.
Entre las novedades se destaca la posibilidad de seleccionar los mejores proyectos por medio de convocatorias públicas, abiertas y competitivas, de manera que se garantice su ejecución por parte de entidades expertas e idóneas. La disposición define las condiciones de dichas convocatorias.
Cualquier entidad que haga parte del sistema de ciencia, como universidades o entes de investigación, entre otros, podrá participar de las convocatorias, con el incentivo adicional de que si su proyecto sale seleccionado tendrá la posibilidad de ejecutarlo directamente.
Dentro de los criterios de selección se tendrá en cuenta la idoneidad y trayectoria del participante, alianzas para la ejecución de proyectos, calidad técnica y científica de los programas, fortalecimiento de capacidades propias y contribución al desarrollo regional.
Entidades territoriales
Las entidades territoriales podrán solicitar al OCAD la realización de las convocatorias, proponiendo las condiciones para la presentación de proyectos, que podrán ser presentados y ejecutados por entidades especializadas en ciencia, tecnología e innovación.
Las iniciativas que al momento de la expedición de la ley se encuentren registradas en el banco de proyectos del sistema podrán continuar con el trámite hasta el 31 de diciembre del 2019, como fecha máxima para ser viables y aprobadas. En todo caso, a partir del 1° de enero del 2020 todos los programas deberán definirse a través de convocatorias.
FUENTE: ÁMBITO JURIDICO