SERVICIOS

Constitucional. Se refiere a las normas constitucionales y a las leyes que estructuran el Estado. El ámbito de aplicación corresponde a la protección de los Derechos Fundamentales y constitucionales, y a la relación de los poderes públicos y los ciudadanos, mediante mecanismos como la Acción de Tutela y la aplicación del Derecho de Petición

Administrativo. Cuando se hace necesario intervenir legalmente frente a entidades del Estado. También para actuar judicialmente en la búsqueda de su responsabilidad y reparación, mediante acciones de grupo, acciones populares; y los medios de control, tales como, reparación directa, controversias contractuales y nulidad y restablecimiento del derecho.

Civil.  Regula las relaciones de los particulares entre sí y con el Estado. Es común a todos y regula aspectos tales como, los derechos y las obligaciones de las personas, los bienes, los asuntos de familia, las sucesiones, los contratos y la responsabilidad civil

Mercantil. Regula todos los aspectos relativos a los comerciantes y los actos de comercio. Trata sobre las empresas y los establecimientos de comercio, el derecho de la competencia, la propiedad industrial, el derecho societario, los títulos valores, los contratos mercantiles, el derecho bancario y el derecho concursal.

Laboral. Hace referencia al derecho del trabajo y las relaciones entre los empleadores y los empleados. Comprende aspectos tales como la contratación, el derecho colectivo y la seguridad social. Requiere la intervención en la solución de los conflictos que surjan y en la planeación adecuada para evitarlos.

Propiedad Intelectual. Regula los derechos inherentes a la creación de la mente humana, tales como inventos, obras literarias, obras artísticas, símbolos, marcas, dibujos y modelos. Su aplicación corresponde a la manera de adquirir los derechos, cómo se defienden y cómo se explotan comercialmente.

Procesal. Es el mecanismo por medio del cual se pueden hacer valer los derechos, acudiendo a la intervención de la rama judicial del Estado. Su campo de aplicación corresponde a la forma y metodología necesaria para intervenir en un proceso judicial. Los procesos judiciales son de diversa índole, tales como, declarativos de derechos, ejecutivos de obligaciones, de jurisdicción voluntaria (como sucesiones, interdicciones).  También incluye los mecanismos alternativos de solución de conflictos tales como la conciliación y la amigable composición.

Estructuración de Negocios. Permite aplicar de manera preventiva las soluciones requeridas para regular los riesgos inherentes a una negociación. En ello contribuye de manera predominante, la experiencia, el conocimiento de múltiples disciplinas del derecho y la periodicidad con que se resuelven asuntos de la misma naturaleza. De esto se deriva la realización de contratos, su revisión y negociación.

Procedimientos concursales. Corresponde a las formas existentes para tratar o resolver las situaciones de insolvencia de un deudor frente a sus acreedores, bien sea mediante mecanismos de recuperación o de liquidación