Corte dice que está permitido tener un perro peligroso en área privada

Corte dice que está permitido tener un perro peligroso en área privada

Al revisar una demanda contra varios artículos del Código de Policía, la Corte Constitucional tumbó el artículo que prohibía que las personas dejaran deambular en un espacio privado a un perro de una raza considerada potencialmente peligrosa. 

Según el alto tribunal, tener un perro peligroso en un área privada (apartamentos, casas, espacios propios) no afecta la seguridad de las personas. “Hay que respetar a las personas que quieran tener a estos caninos en sus zonas privadas”, explicó el presidente de la Corte, Alejandro Linares.

Sin embargo, el alto tribunal avaló la mayoría de artículos sobre perros peligrosos que están en el nuevo Código de Policía y la clasificación que esa norma hizo sobre qué perros deben entrar en esa lista, así como las obligaciones de quienes los tengan. 

Para el demandante, el Código imponía cargas excesivas para quienes tienen diferentes razas -lo que a su juicio vulneraba el debido proceso y la igualdad-, pero la Corte no le dio la razón. 

Así, con la decisión del alto tribunal, se mantienen intactos los artículos 127, 128, 129, 131, 132 y 133 que hacían parte de la demanda.

En esos artículos se establece, por ejemplo, que los perros potencialmente peligrosos son los que han tenido “episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros“. También los que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

La Corte también avaló la clasificación de razas peligrosas en la que están los American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno nacional determine.

La Corte avaló que los dueños de perros de razas peligrosas asuman la responsabilidad por daños y perjuicios que puedan ocasionar, y la obligación de registrarlos en un censo de caninos. 

También se avaló el artículo que prohíbe la importación de caninos que son considerados por el Código de Policía como potencialmente peligrosos. Estos son Staffordshire terrier, American Staffordshire terrier, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, y American Pit Bull Terrier.

 

FUENTE: EL TIEMPO